Monday, November 12, 2018

Se publicó la NOM-035-STPS-2018. Factores de riesgo psicosocial en el trabajo.

El 23 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo - Identificación, análisis y prevención

(s.a.) (s.f.). Imagen 1. Estrés laboral. Obtenido de https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiGRO9mdo6qpLz3ydy4YkWQhGN3fNJPw2E-hg-smc56uo4ezdofO-DP3GZtX6v5svR4bUDsB9TNMQbrO98rr7jU3wbFIEfViRJY9NnRQly3QtIFSUZnduMXX31oy7LGUlX5R2xXlBgRS2w/s1600-h/el+Estr%C3%A9s+Laboral.jpg
De acuerdo al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (2015), los factores de riesgo psicosocial están considerados como parte de las disposiciones generales de salud en el trabajo a observar (Artículo 32, Fracción XI). Asimismo, en ese rubro, establece la obligación que los patrones tienen en su centro de trabajo (Artículo 43).

Objetivo

La reciente NOM tiene como objetivo: Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

Contenido

En síntesis la NOM se basa en dos partes primordiales:
  1. La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional; y
  2. Las medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, de la violencia laboral, y promoción del entorno organizacional favorable.
La primera parte se logra siguiendo los métodos aprobados por la NOM en las Guías de Referencia II y III,  de los cuales se obtiene un informe con los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional. Los resultados también deberán integrarse al Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009.

La segunda parte, se deriva de los resultados plasmados en el informe, estableciendo las medidas y acciones para prevenir y controlar los factores de riesgos psicosociales presentes en el centro de trabajo. Aunque la NOM-035-STPS-2018 ya no lo cita textualmente, al igual que en el punto anterior, será necesario integrarlas al Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009.

(s.a.). (s.f.). Imagen 2. Clima laboral. Obtenido de https://www.pqs.pe/sites/default/files/styles/852x479/public/archivos/2014/actualidad/12/sbello/clima_laboral.jpg?itok=S8onf7qT

Fuentes de Información

Secretaría del Trabajo y Previsión Social - STPS. (2009). NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades. Consultado el 30 de octubre de 2018 en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5125949&fecha=22/12/2009.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social - STPS. (2015). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consultado el 30 de octubre de 2018 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5368114&fecha=13/11/2014.

Secretaría del Trabajo y Previsión Social - STPS. (2018). NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención. Consultado el 30 de octubre de 2018 en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018.




Tuesday, October 30, 2018

Identificación de Riesgos por Fluidos Conducidos en Tuberías

La identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías establecida en la NOM-026-STPS-2008 aún no alcanza el grado deseable de estandarización dentro de los centros de trabajo en México por múltiples razones; entre ellas, la mala interpretación de los requerimientos de la misma norma y que algunas empresas se apegan a otras prácticas internacionales; de esto último hay que aclarar que "DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, LAS NORMAS QUE RIGEN, SON LAS MEXICANAS". Por lo que a continuación se especificarán y ejemplificarán los requerimientos de la NOM-026-STPS-2008.

Elementos para la Identificación de Riesgos

Toda identificación en la tubería obligatoriamente debe estar integrada por 4 componentes:
     1. Color de seguridad
     2. Color contrastante
     3. Información complementaria
     4. Indicación de la dirección del flujo
Los cuales se ubicarán de forma que sean visibles desde cualquier punto en la zona o zonas en las que se ubica el sistema de tuberías y en la cercanía de válvulas (NO SOBRE VÁLVULAS).

Color de Seguridad (Fondo) y Color Contrastante (Texto)


(STPS). (2008). Tabla 1. Colores de seguridad y colores contrastantes para tuberías y su significado. Tomado de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081

El color de seguridad debe aplicarse en cualquiera de las formas siguientes:

     1. Pintar la tubería a todo lo largo y cubrir toda la circunferencia.
     2. Pintar la tubería con bandas de identificación cubriendo toda la circunferencia.
     3. Colocar etiquetas indelebles que cubran toda la circunferencia.

(STPS). (2008). Tabla 2. Dimensiones mínimas de las bandas de identificación en relación al diámetro de la tubería. Tomada de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081

Para la identificar las tuberías completamente pintadas o con bandas (pintadas o etiquetas indelebles), en tramos rectos (los 4 componentes) se ubicarán a intervalos regulares no mayores a lo indicado a continuación:

     1. Tuberías de hasta 51 mm (2 ") de diámetro cada 10 m.
     2. Tuberías de más de 51 mm (2") de diámetro cada 15 m.

Información complementaria

Se debe indicar la información complementaria sobre la naturaleza, riesgo del fluido o información del proceso, la cual podrá implementarse mediante cualquiera de las alternativas siguientes:

          a) Utilizar señales de seguridad e higiene
          b) Uso de leyendas que indiquen el riesgo del fluido.

(STPS). (2008). Tabla 3. Leyendas para fluidos peligrosos. Tomada de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081

          c) Utilizar la señalización para indicar riesgos por sustancias químicas.
          d) Nombre completo de la sustancia.
          e) Información del proceso.
          f) Cualquier combinación de los incisos anteriores.

Los incisos b), d) y e) debe cumplir con lo siguiente:

1. La información complementaria y el símbolo de fluidos radioactivos SE PINTARÁ                  SOBRE LA BANDA DE COLOR DE SEGURIDAD o podrá ubicarse en una etiqueta, placa o      letrero fijado a la tubería, adyacente a las bandas de identificación, siempre que dichos                  elementos sean indelebles o intransferibles.

2. El color de la información complementaria debe ser del color contrastante.

3. Cuando se utilicen bandas de color de seguridad mediante franjas diagonales amarillas y negras  las leyendas de información complementaria se pintarán adyacentes a dichas bandas, en color blanco o negro, de forma que contrasten con el color de la tubería.
                            
4. Los textos como información complementaria, la altura de las letras y longitud de las flechas deben cumplir con lo siguiente:

a) Para tuberías con diámetros hasta de 300 mm (12"):

Donde:
h=altura de las letras del texto y de las flechas.
d=diámetro exterior de la tubería o cubrimiento.

b) Para tuberías con diámetros mayores de 300 mm, la altura mínima de las letras erá de 15 cm y la máxima igual al valor obtenido en la ecuación. Para las tuberías con diámetros menores a 25 mm, se debe utilizar una placa con la información complementaria, y la altura del texto debe ser como mínimo de 10 mm.

5. La utilización de leyendas que identifiquen el riesgo del fluido, cuando éste implique más de un factor de riesgo, cada uno de ellos debe quedar indicado en la información complementaria, de acuerdo, al orden de importancia de éstos conforme a la Hoja de Datos de Seguridad.

6. Los ácidos y álcalis deben diferenciarse anteponiendo a la leyenda IRRITANTE o CORROSIVO, la palabra ACIDO o ALCALI, según corresponda.

7. Para los casos de los riesgos especiales no considerados en la tabla 3, se deberán utilizar   leyendas particulares que indiquen claramente el riesgo.

 8. Los fluidos radiactivos se identificarán mediante el símbolo:

(SEGOB). (2018). Imagen 1. Señal de precuación por radiación ionizante. Tomada de http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5226545&fecha=23/12/2011
9. La señalización a que se refieren los incisos a) y c), debe cumplir con lo siguiente:

a) El área mínima de la señal será de 125 cm2;

b) Cuando la altura de la señal sea mayor al 70% del diámetro de la tubería, dicha señal se dispondrá a manera de placa colgada en la tubería, adyacente a las bandas de identificación

c) Las señales cuya altura sea igual o menor al 70% del diámetro de la tubería, deben ubicarse SOBRE LA BANDA DE COLOR DE SEGURIDAD o podrá ubicarse en una etiqueta, placa o letrero fijado a la tubería, adyacente a las bandas de identificación, siempre que dichos elementos sean indelebles o intransferibles.

Dirección del Flujo

1. La dirección del flujo debe indicarse con una flecha adyacente a las bandas de identificación, o cuando la tubería esté totalmente pintada, adyacente a la información complementaria.

2. Las tuberías en las que exista flujo en ambos sentidos, se identificarán con una flecha apuntando en ambas direcciones.

3. La longitud de la flecha será igual o mayor a la altura de las letras de las leyendas en relación al diámetro de la tubería.

4. La flecha de la dirección del flujo se pintará directamente sobre la tubería, en color blanco o negro, para contrastar claramente con el color de la misma.

5. La flecha de dirección podrá integrarse a las etiquetas, placas o letreros.

Ejemplos de identificación de tuberías totalmente pintadas.

(Sánchez). (2018). Imagen 2. Identificación de tuberías pintadas completamente. La información complementaria cumple con los incisos a), d), e) y f) respectivamente (de arriba hacia abajo). 

Ejemplos de identificación de tuberías con bandas pintadas.

(Sánchez). (2018). Imagen 3. Identificación de tuberías con bandas pintadas. La información complementaria cumple con los incisos b), d), e) y e) respectivamente (de arriba hacia abajo).

Ejemplos de identificación tuberías con etiquetas.


(Sánchez). (2018). Imagen 4. Identificación de tuberías con etiquetas. La información complementaria cumple con los incisos a), d) y f) respectivamente (de arriba hacia abajo).
Nota: Para el caso de las etiquetas la

Ejemplos de identificación de tuberías con letreros o placas.


(Sánchez). (2018). Imagen 5. Identificación de tuberías con placas o letreros. La información complementaria cumple con los incisos a), a), d) y f) respectivamente (de arriba hacia abajo).

Prácticas Recomendadas para la colocación de la identificación

Con el fin de evitar posibles errores y confuciones, el estándar ASME A13.1 Esquema para la identificación de sistemas de tuberías recomienda ubicar la identificación cercana a las vávulas o bridas y adyacente a cambios de dirección, ramificaciones, y donde las líneas pasen a través de paredes o pisos, y en intérvalos suficientes en tramos rectos ( 10 o 15 m dependiendo el diámetro de la tubería conforme a la NOM-026-STPS-2008). 

(Sánchez) (2018). Recomendaciones para la colocación de la identificación en las tuberías conforme al estándar ASME A13.1.
Si tiene dudas acerca de la interpretación de la norma, le invitamos a consultar nuestro blog de Preguntas Frecuentes de la NOM-026-STPS-2008.

Fuentes de información

  1. Diario Oficial de la Federación- DOF. (2008). NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. Visitado el 25 de octubre de 2018 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081
  2. Diario Oficial de la Federación- DOF. (2011). NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar. Visitado el 25 de octubre de 2018 en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5226545&fecha=23/12/2011
  3. American Society of Mechanical Engineers. (2007). ASME A13.1. Visitado el 25 de octubre de 2018 en http://gost-snip.su/download/asme_a13_12007_scheme_for_the_identification_of_piping_syste



Preguntas Frecuentes de la NOM-026-STPS-2008

1. ¿En donde aplica la NOM-026-STPS-2008?
R: En todos los centros de trabajo dentro del territorio nacional.

2. ¿En donde NO aplica la NOM-026-STPS-2008?
R:
  1. La señalización para la transportación terrestre, marítima, fluvial o aérea, competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
  2. La identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías subterráneas u ocultas, ductos eléctricos y tuberías en centrales nucleares, y
  3. Las tuberías instaladas en las plantas potabilizadoras de agua, así como en las redes de distribución de las mismas, en lo referente a la aplicación del color verde de seguridad.
3. ¿Cómo determino si el fluido es peligroso?
R:
  1. Consultando las Hojas de Datos de Seguridad conforme a la NOM-018-STPS-2015; es decir, aquellos fluidos que por sus propiedades físicas, químicas y características toxicológicas presentan peligros físicos para las instalaciones, maquinaria y equipo, y para la salud de las personas que se encuentre en el centro de trabajo.
  2. Cuando el fluido esté a una temperatura mayor de 50°C o a baja temperatura que pueda causar lesión al contacto con éste.
  3. Cuando la presión manométrica del fluido sea de 686 kPa, equivalente a 7 kg/cm2, o mayor.
4. ¿Puedo utilizar otros colores de identificación de riesgos diferentes?
R: Si. Pero no pueden contraponerse a los establecidos por la NOM; es decir, los colores para identificar sustancias específicas en los centros de trabajo deben ser diferentes al rojo, amarillo y verde, y complementarán al código de colores estandarizado por la NOM.

5. ¿Cuándo debo pintar toda la tubería, pintar bandas de seguridad o colocar etiquetas?
R: En los sistemas de tuberías expuestos a la intemperie se recomienda pintar la identificación, ya sea completamente o a través de las bandas de seguridad. En sistemas de tuberías ubicados en interiores las etiquetas pueden tener una buena durabilidad. También hay que tomar en cuenta otros factores como diámetros de las tuberías, humedad, temperatura, periodos de mantenimiento, tiempos de colocación, costos, etc. para determinar cual es la mejor opción.

6. ¿Cuándo se coloca la información complementaria en letreros o placas?
R: La NOM presenta dos opciones:

1) Cuando las tuberías tienen diámetros menores a 25 mm (1"), en donde la altura de la letras no debe ser menor a 10 mm (1cm).

2) Cuando la altura de la señal (de seguridad e higiene o para indicar riesgos por sustancias químicas) sea mayor al 70% del diámetro de la tubería, dicha señal se dispondrá a manera de placa colgada en la tubería, adyacente a las bandas de identificación.

Se recuerda que la señal debe tener un área mínima de 125 cm2.

El proceso para determinar si se colocará como placa, es el siguiente:


  1. Se calcula la altura de la forma geométrica con base a su fórmula para calcular el área. Por ejemplo: El área del triángulo equilátero (señal de precaución) es  a = b x h / 2, despejando la altura resulta h = a x 2 / b; por lo tanto, h = 125 cm2 x 2 / 17 cm = 14.7 cm = 147 mm.
  2. Se calcula el 70% del diámetro de la tubería o cubrimiento. Por ejemplo: 200 mm x 70 / 100 = 140 mm.
  3. Se comparan los valores anteriores; es decir, altura de la señal contra el 70% del diametro de la tubería. Por ejemplo: 147 mm es mayor que 140 mm; por lo tanto, la señal debe colocarse a manera de placa.

7. ¿Las señales se pueden pintar sobre las bandas de seguridad o integrar a las etiquetas?
R: Si, la NOM indica que la información complementaria y el símbolo para fluidos radiactivos se pintará sobre la banda de color de seguridad; siempre y cuando las señales tengan una altura igual o menor al 70% del diámetro de la tubería.

8. ¿Puedo identificar las válvulas en vez de los tramos tubos?
R: La NOM no hace referencia a que no se deba o esté prohibido identificar la válvula; sin embargo, si especifica que la identificación debe estar en la cercanía de las válvulas (NO SOBRE ESTAS). Por lo tanto, si se pinta la válvula del color de seguridad, esto no sustituye el pintar la tubería completamente, las bandas y etiquetas de seguridad, ni a los letreros o placas.

9. ¿La flecha de dirección del flujo se coloca a la derecha o a la izquierda de la información complementaria?
R: La NOM solo indica que debe estar adyacente a la información complementaria; por lo tanto, es indistinto si está a la derecha o a la izquierda de la misma.

10. ¿Cuándo deberá pintarse directamente sobre la tubería la flecha de dirección de flujo?
R:
a) Cuando el color de seguridad se pinte en la toda la longitud y cricunferencia de la tubería, la flecha deberá colocarse adyacente a la información complementaria.

b) Cuando el color de seguridad se pinte a través de bandas, las flechas deberás colocarse adyacentes a dichas bandas.

En color contrastante en ambos casos anteriores, solo puede ser blanco o negro.

La NOM permite que las flechas no se pinten sobre la tubería, solo cuando se integran a las etiquetas, placas o letreros. 

11. ¿Cómo se calcula la altura de las letras de la información complementaria?
R: Utilizando la siguiente fórmula: 
Donde:
h=altura de las letras del texto y de las flechas.
d=diámetro exterior de la tubería o cubrimiento.

a) Cuando el diámetro de la tubería es menor o igual a 300 mm (12"). Por ejemplo una tubería con diámetro de 200 mm (8").
h = 200 mm x (3.1416/6)
h = 200 mm x (0.5236)
h = 104.72 mm = 10.47 cm = 4.12" 

Por lo tanto, la altura de las letras del texto para una tubería de 200 mm (8") debe ser de 104.72 mm (10.47 cm).

b) Cuando el diámetro de la tubería es mayor a 300 mm (12"). Por ejemplo una tubería con diámetro de 400 mm (16").
h= 400 mm x (3.1416/6)
h= 400 mm x (0.5236)
h= 209.44 mm = 20.94 cm = 8.24"

Por lo tanto, la altura de las letras del texto para un tubería de 400 mm (16") de diámetro debe ser como mínimo de 150 mm (15 cm) y como máximo de 209.44 mm (20.94 cm).

12. ¿Cómo se calcula el longitud de la flecha para indicar la dirección del flujo?
R: Utilizando la siguiente fórmula: 
Donde:
h=altura de las letras del texto y de las flechas.
d=diámetro exterior de la tubería o cubrimiento.

Para una tubería de 300 mm (12") de diámetro.
h= 300 mm x (3.1416/6)
h= 300 mm x (0.5236)
h= 157.08 mm = 15.7 cm = 6.18"

La longitud de la flecha debe ser como mínimo de 157.08 mm (15.7 cm) o más.

Nota: El ancho de la flecha no se especifica en la NOM; sin embargo, no es recomendable que sea mayor que la altura de las letras.

Fuentes de información

  1. Diario Oficial de la Federación- DOF. (2008). NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. Visitado el 25 de octubre de 2018 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081

Thursday, September 6, 2018

Diferencia entre Peligro y Riesgo

Es natural que cuando se tiene una conversación en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, los términos peligro y riesgo se intercambien constantemente; en primer lugar porque los dos términos nos representan algo que puede afectar o causar daño a la salud; y en segundo lugar, porque son términos que están intimamente relacionados como se verá más adelante, aunque en el sentido estricto de las definiciones que establece la NOM-030-STPS-2009 en México, si se contemplan ciertas diferencias y también se sustenta su interrelación.

Peligro

"Son las características o propiedades intrínsecas de los agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral. Su grado de peligrosidad se obtiene al evaluar la potencialidad del efecto que pueden generar o provocar dichas características o propiedades de los agentes o condiciones".

Imagen 1. Señales de Precaución. (2008). Tomadas de  http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5070081


Al decir "características o propiedades intrínsecas" hace alusión a los atributos que ya posee por su naturaleza el agente o condición, por ejemplo:
  • Gasolina - Inflamable.
  • TNT - Explosivo.
  • Instalación eléctrica energizada - Energía eléctrica.
  • Una escalera portátil o un andamio - Altura.
  • Máquinas industriales - Ruido.

El "grado de peligrosidad" se evalúa conforme a la magnitud de esas características o propiedades,  en algunos casos inclusive con relación al tiempo de exposición; por ejemplo:

  • Temperatura de inflamabilidad (Grados celsius, °C).
  • Voltajes (Volts, V).
  • Nivel de ruido (Decibeles, dB).
  • Dosis-efecto (partes por millón, ppm o miligramos por metro cúbico, mg/m3).

Riesgo

"Es la correlación de la peligrosidad de un agente o condición física y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su salud o vida, o dañar al centro de trabajo".
"Como expresión, el riesgo es igual al peligro por la exposición del trabajador".

Imagen 2. Riesgo = Peligro x Exposición del Trabajador. (2018).
Esta expresión revela lo siguiente:

1. Si no hay exposición de trabajador(es) al peligro, entonces no habrá riesgo.
2. Si se controlan los peligros (jerarquización de controles), se puede reducir o incluso eliminar el riesgo.

Entonces, al interactuar el peligro y la exposición del trabajador se producen riesgos, como por ejemplo:
  • Fuego o temperatura elevada - Quemadura.
  • Explosión - Desintegración, quemadura, entre otros.
  • Energía eléctrica - Choque eléctrico, arco eléctrico o ráfaga.
  • Ruido - Disminución o pérdida de la capacidad auditiva.
  • Altura - Caída.

Conclusión

Al establecer control sobre el peligro al cual el trabajador se expone o puede exponerse en el sitio de trabajo, también se controla el riesgo; es decir, "la posibilidad de causar efectos adversos para su salud o vida, o dañar al centro de trabajo", en donde lo ideal es eliminar dicha posibilidad o reducirla en la mayor medida posible. Por esta razón, el uso indistinto de ambos términos que como se mencionó al principio del presente blog.

Fuentes de Información

  1. Diario Oficial de la Federación - DOF. (2009). NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades. Visitado el 06 de septiembre de 2018 en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5125949&fecha=22/12/2009.


Wednesday, August 15, 2018

Jerarquía de Controles para Riesgos de Trabajo


Control de Riesgos

El estudio o análisis de los riesgos consiste en tres estapas primordiales que son el Reconocimiento, la Evaluación y el Control. En este caso, el Control es el proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluación de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral (agentes físicos, químicos y biológicos), a efecto de no rebasar los valores límite de exposición (RFSST, 2014). Además se consideran dentro de las medidas de control, las que se tienen que aplicar a los factores ergonómicos, factores psicosociales y condiciones de riesgo del entorno; e incluso, lo relacionado con la protección ambiental.

Para identificar los controles a implementar es necesario considerar lo siguiente:
  1. Disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas.
  2. Disposiciones, recomendaciones o buenas prácticas de otras normas, ya sean nacionales o internacionales.
  3. Recomendaciones del fabricante o proveedor; en el caso de maquinaria o equipo.
  4. Indicaciones y recomendaciones del personal de Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a la NOM-030-STPS-2009.
  5. Sugerencias y aportaciones por parte de los trabajadores que conocen el proceso o la actividad.

Jerarquía de Controles (5 pasos)

Con la finalidad de definir y establecer los mejores controles en la instalación o sitio de trabajo, y no dejar al Equipo de Protección Personal (EPP) como primera barrera de seguridad entre el trabajador y el riesgo (lo cual es menos efectivo), es imprescindible jerarquizarlos para reducir de manera más efectiva la probabilidad de accidentes y enfermedades de trabajo (riesgos de trabajo). 

La Administación de la Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA por sus siglas en inglés) recomienda la siguiente jerarquía de 5 pasos:

Jerarquía de controles nominales de más eficaz de menos efectiva: Eliminación - retirar físicamente el peligro, Sustitución - Sustituir el peligro, Controles de ingeniería - aislar a las personas del peligro, controles administrativos - Cambiar la forma de trabajar, PPE - Proteger al trabajador de Protección Personal Equipo.  Fuente - NIOSH
Imagen 1. Jerarquía de Controles. (s.f.). Tomada de https://www.osha.gov/shpguidelines/hazard-prevention.html
  1. Eliminación: Quitar o remover físicamente el peligro.
  2. Sustitución: Reemplazar el peligro.
  3. Control de Ingeniería: Aislar a los trabajadores del peligro.
  4. Control Administrativo: Cambiar la manera en que las personas trabajan.
  5. Equipo de Protección Personal: Preteger al trabajador con el equipo de protección personal.
En la Imagen 1 se oberva claramente que la Eliminación es más efectiva y el EPP es menos efectivo; esto último no quiere decir que no sea necesario; pero, si por ejemplo se elimina o sustituye un peligro del lugar de trabajo, esto podría significar un EPP menos que deba portar el trabajador.

Es importante seleccionar los controles que sean más factibles, eficacez y permanentes.

Ejemplos

Eliminación: Limpiar derrames de líquidos, retirar objetos tirados en el suelo, quitar objetos en alto que puedan caer, remover de una habitación recipientes que contienen líquidos inflamables, etc.

Sustitución: En un proceso industrial se utiliza una sustancia química que es corrosiva y tóxica para los trabajadores; por tal motivo, esta sustancia se ha reemplazado por otra que no lo es, la cual representa un menor riesgo y no altera el proceso. Un equipo produce emisiones de gases tóxicos e inflamables, debido al riesgo que representa, la empresa ha decidido sustituir al equipo por un modelo más reciente con una tecnología que evita tales emisiones de gases peligrosos. Reemplazar equipo y herramienta defectuosa.

Control de Ingeniería: Las guardas para proteger partes rotativas de equipos, ventilación y extracción de atmósferas peligrosas, colocación de comales y bridas ciegas, colocación de una tapa o barandal alrededor de una abertura, etc.

Control Administrativo: Señalizaciones, procedimientos, manuales, instructivos, programas de mantenimiento, programas de capacitación, registros de monitoreos a la atmósfera, autorizaciones para trabajos de riesgo, registro de rotación de personal. etc.

Equipo de Protección Personal: Se selecciona conforme a lo dispuesto en la NOM-017-STPS-2008. Casco, lentes, tapones auditivos, respirador purificador de aire, guantes, botas, etc.

México

En las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, los controles para los riesgos no están jerarquizados, por lo tanto el especialista en seguridad y salud en el trabajo debe saber identificarlos y clasificarlos para valorar su nivel de efectvidad al momento de aplicarlos.

En empresas como Petróleos Mexicanos (PEMEX), algunos de sus procedimientos de seguridad emplean una jerarquía de 3 pasos: 

  1. Control Técnico o de Ingeniería.
  2. Control Administrativo.
  3. Equipo de Protección Personal.
La desventaja podría ser que al momento de identificar y definir los controles a utilizar, se pierda de vista explorar los pasos de eliminación y sustitución.

Fuentes de Información

  1. Diario Oficial de la Federación - DOF. (2014). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Visitado el 15 de agosto de 2018 en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5368114&fecha=13/11/2014.
  2. Occupational Safety and Heatlh Administtration - OSHA. (s.f.) Prevención y Control de Riesgos. Visitado el 15 de agosto de 2015 en https://www.osha.gov/shpguidelines/hazard-prevention.html
  3. The National Institute for Occupational Safety and Health -NIOSH (2018). Hierarchy of Controls. Visitado el 15 de agosto de 2015 en https://www.cdc.gov/niosh/topics/hierarchy/default.html.